Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Bebida y Similares, STIBYS PRONUNCIAMIENTO LA JUNTA DIRECTIVA CENTRAL DEL STIBYS, CONSIDERANDO: Que para que en Honduras, dentro de la SUPERESTRUCTURA POLITICA DEL ESTADO exista ya no solo una estructura golpista, sino también una estructura del crimen organizado, que no es producto de un fenómeno de última hora, sino el resultado de cambios en la BASE, en la correlación de fuerzas en las relaciones sociales en general y las relaciones de produccion en particular; base y superestructura, que se ha venido modificando en las últimas tres décadas. Que esos cambios en la base, se institucionalizaron desde que a finales de la década de los ochentas, dejando impunes los cientos de hondureños asesinados, detenidos y desaparecidos, y cuando para avanzar en la implementación de los designios del imperio de los Estados Unidos de fortalecer el papel de Honduras como su gendarme en Centroamérica, se emitió una nueva Constitución que tenia
La Clausula 43 se firma con el texto vigente En los últimos tres años, los trabajadores de las bodegas venían reclamando a la empresa del porque los enviaba a la Ruta después de haber laborado tres o más horas en ese puesto sin pagarles ese tiempo y nada mas el sueldo base y las comisiones por las cajas vendidas. Ese reclamo fue llevado a la negociación del contrato colectivo, lográndose lo siguiente: cuando un trabajador de bodega haya laborado de Lunes a Viernes: una o más horas en la posición que oficialmente ocupa, y por disposición de la empresa sale a laborar seis o más horas en ruta, la empresa en este caso le pagará además de las horas laboradas en bodega, el 100% del salario base diario de la posición que desempeñe en ruta, la comisión correspondiente a las cajas vendidas de ese día incluyendo el 8%. Si el trabajador laboró menos de seis horas en la ruta, la empresa siempre le pagará las horas que laboró en bodega mas el sueldo base diario proporcional, el que se calculará div